Trucos Tarjetas Revolving

Trucos de la Banca
      

 TRUCOS DE LAS EMISORAS DE TARJETAS REVOLVING QUE DEBERÍAS CONOCER
 Por Joaquín Comíns. Abogado
 Lunes 15/03/2021


Ante el tremendo correctivo que están recibiendo las Entidades Emisoras de Tarjetas de Crédito Revolvente, como Wizink, Cetelem, Cofidis, y otras, en los tribunales, al ver anulados por usura los contratos celebrados en la comercialización de los plásticos con los futuros usuarios, han vuelto a la carga con diversos mecanismos comerciales y contractuales con los que intentan eludir la acción de la justicia propiciando un menor índice de reclamaciones pidiendo el reconocimiento de la nulidad de los contratos iniciales.
 

El lobo con piel de cordero
Lo primero que suelen hacer las Entidades Financieras, y en ello también colocamos a los Bancos más tradicionales y conocidos, es comunicar a sus clientes con los que mantienen la comercialización de la tarjeta, que a partir de la siguiente liquidación se les aplicará un interés inferior al 20%.
Y lo dicen como si fuera una política de concienciación social, de mostrarse “buenas personas” frente a los clientes, esos clientes, que durante años han sido “ordeñados” con intereses 10 puntos mayores, en algunos casos, a los que ahora ofrecen como una ventaja.
Con ello pretenden conseguir una disminución de la proliferación de demandas, dando la falsa apariencia de que el Banco cuida a sus clientes y que es bueno con ellos.
 
Sin embargo, dichos intereses, que todavía son muy altos, solo son rebajados porque la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha dejado el listón de la aplicación de la usura automática en un tipo fijado alrededor del 20%. Es decir, que están ofreciendo simplemente adecuar el contrato a las exigencias que los jueces han impuesto. También es cierto que los nuevos contratos, modificados, puede que se adapten a la nueva normativa de transparencia impuesta a estos instrumentos por la Orden del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, número 699/20 de 24 de Julio, denominada de regulación del crédito revolvente, aunque ello no lo hemos podido constatar aún. Nos ocupamos en un artículo que puedes leer aquí.


Aceptando esta oferta el usuario de la Tarjeta Revolving dejará de poder reclamar lo que ha pagado de más por intereses usurarios e incluso por cláusulas no transparentes.

Y todo ello, con independencia de que la mayoría de las Entidades han rebajado unilateralmente los intereses al 20% en cuanto la diosa de la Justicia se ha quitado la venda de los ojos. 

Nuestro consejo es que no firmes nada, ni dejes que te graven la conversación telefónica. Ellos si quieren que vayan cambiando cosas del contrato inicial. Y lo mejor es que te pongas en manos de un profesional abogado que te informará.


Jugando al pillapilla.
Otra de las cosas que suelen hacer estas entidades es ofrecer una propuesta a los clientes que ya les han reclamado y que sólo podrán aceptar en esa misma llamada porque es una oferta única y especial para él, que el Banco les ha permitido hacer por ser un buen cliente.  
En estas ocasiones, le hacen al cliente un ofrecimiento de una ínfima cantidad de dinero como indemnización que le ingresarán inmediatamente en su cuenta y que además le permitirá  no ser necesario cancelar la tarjeta, que podrá seguir utilizando, además con un interés más bajo que el actual. Al 20%, nada más ni nada menos.
Cuando el cliente ya está instruido por un Letrado que le ha explicado lo que podría llegar a percibir aproximadamente y se ha hecho una reclamación fundada, incluso designando como interlocutor con la Entidad al propio abogado, todavía no cejan en el intento de engañar nuevamente a su usuario al que le siguen llamando personalmente, saltándose la designación del representante. Si el cliente atiende la llamada, la jugada ya ha incrementado el bote, y le proponen una cantidad más elevada, que supondrá aproximadamente la diferencia entre lo cobrado durante toda la vida del préstamo a la tasa usuraria y lo que se hubiera pagado en caso de haber aplicado el umbral del 20% como intereses válidos.
Con ello se pretende que el usuario valide el pago de intereses al 20% en lugar del que venía pagando de alrededor del 27% o más.
El consejo que en COMINS. Abogados y Asesores les damos a nuestros clientes es que no negocien con las Entidades sin estar nosotros sabedores o, simplemente, que les faciliten nuestros datos para que nosotros podamos negociar en su nombre.
Sin embargo, las Entidades saben que a los abogados no nos van a engañar fácilmente y es probable que, a los clientes, que son corderos ante el ataque del depredador canino, sí lo puedan hacer, por lo que continúan llamando para ofrecer una cantidad más grande y en algunos casos un pequeño importe para "pagar" los gastos ocasionados en el despacho profesional. Cantidad esta última que resulta a veces insultante para la profesión.
 

Recientemente, hemos recibido, directamente nosotros, la llamada de abogados externos de las Entidades que son contratados para poder llevar a cabo la negociación entre profesionales, en representación de sus respectivos clientes.
Los acuerdos son mucho más justos para los perjudicados, pues a pesar que no se recuperará todo lo pagado, lo bien cierto, es que en algunas negociaciones podemos recomendar agotar el asunto y aceptar el acuerdo evitando las demoras temporales que puede suponer la presentación de una demanda, ante el estado de colapso que muchos juzgados de España experimentan en la actualidad agravándose todavía más por el hecho de la pandemia.
En cualquier caso, la negociación ofrecida tampoco es definitiva, pues ha de pasar por la aprobación de la pertinente Comisión destinada por la Entidad para ello. Y sólo después se lleva a efecto mediante la suscripción de un documento, que el cliente deberá suscribir con la asistencia de su propio abogado.
 
 
Y Finalmente, las entidades financieras intentan llegar a un acuerdo ‘in extremis’, ofreciendo una mayor cantidad, un par de días antes del señalamiento de la vista oral del juicio, directamente al cliente, intentando evitar el pago de las costas judiciales, pues el acuerdo con el cliente así lo exige.
Les dicen a los clientes que es lo máximo que van a sacar en el juzgado y que con ello tendrán el dinero más deprisa pues lo recibirán directamente en su cuenta, inmediatamente. Solo tienen que renunciar a la demanda interpuesta y a la percepción de las costas que se pudieran ocasionar.
Todo un ejemplo de buena praxis de la profesión de abogado, no?. Entiéndase esto en tono irónico, claro.
 
 

Saltando a la torera
Lo que está bien claro, es que las Entidades Financieras son capaces de hacer cualquier cosa para intentar pagar el mínimo posible por los actos de, sí, porqué no, piratería que han venido haciendo durante años y años.
Por ello, no les tiembla el pulso cuando se dirigen directamente a los clientes cuando estos han designado un interlocutor para llevar la negociación e incluso ya han sido demandados ante los tribunales.
Entendería que ello se hiciese por personal administrativo de las entidades frente a los clientes directamente, pero no puedo compartir que lo hagan abogados internos de las mismas cuando ya existe una reclamación dirigida por otro Letrado.
Se saltan a la torera los más mínimos estándares del código deontológico de la Abogacía. El respeto, la confianza y la integridad son valores que se propugnan en esta profesión y que quedan en simple literatura cuando se vulneran en aras de la obtención de mejoras económicas ante una negociación fundada en el engaño.
 
Solo espero que los Abogados externos contratados para llevar la negociación con los designados por los clientes, no entren en el juego sucio que las entidades han impuesto a los internos y realmente intenten negociar de buena fe y con "fair play" como les imponen los estándares de la profesión.

A ellos les digo que les vigilaré y a vosotros que os informaré.

 

¿Qué te aconsejamos?

En COMINS. Abogados y Asesores, te podemos asesorar en este sentido y te aconsejamos lo siguiente:

Si eres víctima de una de estas tarjetas, te resumo:
  1. No aceptes acuerdos sin exigir que te manden los cálculos de los intereses que has pagado durante todo el tiempo.
  2. No aceptes acuerdos sin supervisar los términos del mismo con un profesional que sepa del tema.
  3. No aceptes acuerdos sin hablar primero con el abogado que te ha estado ayudando en la reclamación.
  4. No aceptes acuerdos el último día antes de llegar a juicio. Deberías comunicárselo a tu abogado y si hay que acordar algo que se haga en el propio juzgado.
  5. Confía con los profesionales.

En COMINS. Abogados y Asesores te asesoramos y te acompañamos en este proceso, ayudándote a que recuperes todo lo que no deberías haber pagado antes y te evitaremos que sigas pagando.
 
Llámanos al teléfono 962400683 y pide una cita para que podamos ayudarte, o

contacta por mail bufete@comins-abogados.com o ponte en contacto con el experto haciendo click aquí

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