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NOVEDADES TRIBUTARIAS 2011

Vamos a ver cuáles son las novedades tributarias del ejercicio 2011.



Impuesto Renta Personas Físicas (I.R.P.F.)

Hay cambios en los tipos de tributación, creándose nuevos tramos impositivos:

24% entre 5.050 y 17.360 euros
28% entre 17.360 y 32.360 euros
37% entre 32.360 y 52.360 euros
43% entre 52.360 y 120.000 euros
44% entre 120.000 y 175.000 euros
45% a partir de 175.000 euros.

En materia de vivienda:
  • Deducción adquisición de vivienda habitual. A partir del 01/01/2011 la deducción por inversión en vivienda habitual, solo será aplicable para contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 Ђ anuales.
Se establecerán dos bases máximas de deducción: una de 9.040 Ђ para bases imponibles iguales o inferiores a 17.707,20 Ђ y otra decreciente para bases imponibles comprendidas entre 17.707,20 Ђ y 24.107,20 Ђ.
También se establecerá un Régimen Transitorio para viviendas adquiridas antes del 01/01/2011, en todas sus modalidades de adquisición (excepto cuenta vivienda), en las que les será de aplicación el régimen vigente a 31/12/2010 siempre y cuando la base imponible del contribuyente sea superior a 17.738,99 Ђ.

  • Cuenta vivienda: Pueden desgravarse los 9.015 euros por cada uno de los cuatro ejercicios de inversión en la cuenta. No es posible deducir más aportaciones si ya se aplicaron la prórroga del 2008.

  • Alquiler de vivienda: Hay que destacar la reducción del 60% del rendimiento neto en arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda, y del 100% cuando el arrendatario tenga entre 18 y 30 años y unos rendimientos netos de trabajo o de actividades económicas en el periodo impositivo inferiores al salario mínimo.

Rentas del Ahorro:
  • Rentas del ahorro: El tratamiento es el mismos que promulgó la reforma fiscal que entró en vigor con el inicio de 2010 ha duplicado los tipos que gravan las plusvalías, con uno general del 19% y otro superior del 21% para quienes superen los 6.000 euros. Como consecuencia, se han incrementado las retenciones sobre los rendimientos del capital mobiliario o sobre las ganancias patrimoniales.

  • Planes de pensiones: Gozan del diferimiento en su tributación, pues las aportaciones reducen la base imponible.  En estos casos, se aplicará la tarifa del impuesto, que puede llegar hasta el 45%.

Sicav:
El Gobierno introdujo un cambio importante sobre la tributación de las Sicav, eliminando la posibilidad que tenían los partícipes de diferir el pago por la percepción de dividendos y ha aclarado que esta modificación entraba en vigor desde el pasado 24 de septiembre, con lo que la capacidad de maniobra ha queda anulada. Esta medida afecta tanto a las inversiones en Sicav residentes en España como para las extranjeras.

Deducción de los 400 euros:
Se suprime la deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas.

Cheque-bebé:
El gobierno ha puesto fin a las ayudas por maternidad, que otorgaban a las familias por cada nuevo nacimiento un total de 2.500 euros.



Impuesto sobre el valor añadido (I.V.A.)

Este impuesto continúa igual que en la reforma del año pasado, salvo que la Unión Europea obligará a realizar cambios sobre el IVA del gas y de determinadas importaciones.


SOCIEDADES
  • La libertad de amortización se generaliza.

  • El concepto de empresa de reducida dimensión se amplia de una cifra de negocios de 8.000.000 euros a 10.000.000. El primer tramo de la base imponible que tributará a tipo reducido se amplía hasta los 300.000 euros (desde los anteriores 120.202,14).

  • Aquellas empresas cuya cifra de negocio sea inferior a los 5.000.000 euros y cuenten con una plantilla inferior a 25 trabajadores tributarán con un gravamen del 20% para la base comprendida entre 0 y 300.000 euros y al 25% para la parte restante.

ITP/AJD
Se añade una exención para operaciones societarias tales como la capitalización, creación y mantenimiento de sociedades.  Antes se pagaba el 1% de cuota.

OTRAS NOVEDADES

Se elimina la obligatoriedad de las cuotas de cámara de comercio. Aunque éstas no están de acuerdo y están recurriendo.

Se suprime la obligación de tener que realizar la publicidad de actos societarios en la prensa escrita. De esta manera desaparece la obligación de utilizar este medio para publicitar las constituciones, reducciones de capital, convocatorias de juntas de accionistas, disoluciones de empresas, etc…

Se crea un mecanismo de creación rápida de empresas que debería permitir tener una sociedad operativa en un máximo de cinco días con un coste variable entre los 100 y los 250 euros, aunque no está desarrollado reglamentariamente.

1.                Se mantiene para el 2011, el interés legal en un 4% y el interés de demora en un 5%.

2.                El indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) tendrá las siguientes cuantías durante 2011: a) diario, 17,75Ђ, b) mensual, 532,51Ђ, c) anual, 6.390,13Ђ.

El salario mínimo interprofesional queda en la cantidad de 641,40, lo que equivale a una subida del 1'3%.

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